Cardenal Blase J. Cupich

El derecho a la vida no es condicional

martes, agosto 21, 2018

El 2 de agosto, el papa Francisco estuvo en las noticias por revisar el Catecismo de la Iglesia Católica para decir que la pena de muerte es “inadmisible, porque es un ataque a la inviolabilidad y la dignidad de la persona”. Esta dignidad persiste, continua la revisión, “incluso después de haber cometido crímenes muy graves”.

Al añadir este lenguaje al Catecismo, el Santo Padre ha hecho oficial un desarrollo de la enseñanza de la iglesia que ganó fuerza bajo el papa Juan Pablo II, quien repetidamente describió la pena de muerte como algo que prácticamente nunca es aceptable, e hizo un llamado al fin de las ejecuciones autorizadas por el Estado en todo el mundo. El Santo Papa señaló en el catecismo que los avances modernos para proteger a la sociedad de criminales peligrosos significan que “los casos en los cuales la ejecución del delincuente es una necesidad absoluta son muy raros, si no es que son prácticamente inexistentes”.

El papa Benedicto continuó abogando por el fin de la pena de muerte y ahora el papa Francisco ha dejado claro que la iglesia “trabaja con determinación para su abolición en todo el mundo”.

Al igual que sus predecesores, el papa Francisco ve este asunto de la pena de muerte a través del lente de la dignidad de la persona humana y el derecho inalienable a la vida. La iglesia ha sostenido por mucho tiempo que “la dignidad de la persona humana está enraizada en su creación a imagen y semejanza de Dios”.

Este principio de la santidad de la vida humana respalda nuestra defensa del feto y el enfermo y el anciano, pero ahora el Santo Padre deja claro que también se aplica a aquellos que se encuentran en el corredor de la muerte. En otras palabras, el derecho a la vida es incondicional en todas las circunstancias, y no puede ser perdido por el comportamiento criminal.

Algunos han reaccionado negativamente a este cambio en el catecismo, argumentando que no es correcto hablar del derecho a la vida en el mismo contexto cuando se abordan el aborto y la pena de muerte, ya que el peso moral del aborto y la pena de muerte difieren enormemente. El aborto, después de todo, involucra acabar con una vida humana inocente.

Más aun, muchas personas, incluyendo fieles católicos, luchan con el dilema de que algunos crímenes son tan atroces que los criminales convictos de dichos crímenes pueden de hecho perder su derecho a la vida. Esta respuesta surge de la compasión por las víctimas de los crímenes más barbaros y un deseo por restaurar el orden de la justicia que tan brutalmente ha sido violado. A un nivel humano profundo, tendemos a creer que al ejecutar a un asesino estamos de alguna manera ayudando a reequilibrar las balanzas de la justicia.

Pero hay una falla grave en esa manera de pensar. La verdadera tragedia del homicidio es que no hay manera de reequilibrar las balanzas de la justicia, no hay una manera de devolver a la vida a aquellos que han sido asesinados o recobrarlos a sus familias afligidas. Cuando el estado impone la pena de muerte, proclama que acabar con una vida humana contrarresta el acabar con otra vida. Esto está profundamente equivocado.

Si hay una lección que necesitamos aprender en esta peligrosa era es que tomar una vida humana en nombre de la retribución no trae justicia o siquiera clausura, incluso si pudiera sentirse de esa manera en el momento. En cambio, la pena de muerte solamente continua el ciclo de violencia y venganza. La trágica verdad es que nada puede recobrar una vida humana.

El papa Francisco, al hacer este cambio al catecismo, nos está forzando a enfrentar la inevitable pregunta moral planteada por la pena de muerte: ¿Es el derecho a la vida condicional, o es incondicional? ¿Pueden los hombres y mujeres perder su derecho a la vida por su comportamiento, o es ese derecho irrevocablemente dado por Dios? ¿Puede la sociedad —esto es nosotros, las personas— determinar que los crímenes cometidos por los seres humanos sustituyen su demanda intrínseca a la vida?

No hay forma de evitarlo. El estado que elige realizar ejecuciones, incluso cuando hay maneras de proteger a la sociedad, ha concluido que el derecho a la vida es condicional después de todo. Dicho estado, incluso si no tenía la intención de hacerlo, inevitablemente debilita la habilidad de sus ciudadanos para defender la sacralidad de la vida humana contra todas las amenazas que ponen en peligro la vida humana en el día de hoy.

Cuando la sociedad borra el valor innato de las vidas individuales debido a los crímenes cometidos, envía una señal de que no todas las vidas humanas son sagradas. Cuando un estado decide remover dichos criminales de la familia humana, no es menos que un eco de la violencia hecha a la dignidad humana cuando los defensores proelección insinúan que la vida desarrollándose en el vientre no es una “verdadera” vida “humana”. Ambas conclusiones asumen que el derecho a la vida es contingente, enraizado no en el regalo libre y absoluto de un Dios soberano y amoroso, sino en el discernimiento del valor relativo por la sociedad.

Por otro lado, un estado que rechaza por principio la ejecución incluso de aquellos individuos cuyos crímenes son innombrables da un poderoso testimonio de la naturaleza incondicional del derecho a la vida. Afirma que cada miembro de la comunidad humana comparte una dignidad que no es cancelada por defectos de salud o edad o moralidad. Un estado que rechaza la pena de muerte avanza una cultura de vida con gran poder de testimonio precisamente porque protege las vidas de aquellos que han sido juzgados menos dignos de su vindicación.

Hace casi un cuarto de siglo, mi predecesor de feliz memoria, el cardenal Joseph Bernardin, enfatizó la necesidad de crear una cultura de vida al argumentar constantemente por todos los asuntos relacionados a la dignidad humana. Él comprendió que vivimos en una era en que la dignidad humana está amenazada. Eso es más cierto aún hoy en día.

A donde quiera que volteemos, nos encontramos con esfuerzos crecientes de amenazar las vidas de hombres y mujeres como un mero medio para metas más grandes y supuestamente más importantes. Se están desarrollando mercados globales para la venta de órganos humanos vitales por aquellos que son impulsados, en la desesperación de la pobreza, a arriesgarse a morir para proveer comida y albergue a sus familias. En nuestra propia tierra, una ética cultural dominante afirma que las vidas de los inmigrantes son menos valiosas porque ellos son otros, extranjeros.

La misma ética manifiesta que los niños que no han nacido no tienen santidad cuando se compara con los deseos y necesidades de sus madres embarazadas y que aquellos con una salud en disminución son menos dignos de un cuidado continuo. Y en el terrorismo vemos la escalofriante afirmación de que es legítimo matar a hombres y mujeres inocentes en servicio de metas políticas, la religión y la venganza.

Esta es la razón por la que el Santo Padre no solo dice que la pena de muerte es inadmisible, sino que la iglesia debe trabajar por su abolición. Esto significa que necesitamos urgir a todos los oficiales electos y líderes a reconocer no solamente su responsabilidad, sino también el interés establecido de la sociedad de defender la sacralidad y valor de cada vida humana.

Este principio de la dignidad de la vida humana mantiene unida nuestra atención por los pobres, enfermos, migrantes, excluidos. Nuestra afirmación de que el valor de una vida humana no depende de la calidad de vida, o edad o valor moral de una persona debe aplicarse a todos los casos. Porque si protegemos la santidad de la vida de los menos dignos entre nosotros, ciertamente somos testigos de la necesidad de proteger las vidas de aquellos que son los más inocentes, y más vulnerables.

Topics:

  • pena de muerte

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