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Arquidiócesis de Chicago
Obligaciones bajo la ley de inmigración, el AR-11

Por Rosalba Piña
Colaboradora Especial

Todo extranjero o no-ciudadano debe notificar por escrito cada vez que se cambie de domicilio dentro de un plazo de diez días después de que se haya efectuado la mudanza. Si no notifica el cambio de domicilio conforme lo indica la ley y se le encuentra culpable de no haberlo hecho, éste delito menor puede traer como consecuencia que sea multado o encarcelado, o ambas cosas. Además, aunque no haya sido encontrado culpable de haber violado esta ley, aún así podría ser deportado.

Es recomendable guardar pruebas de que se cumplió con esta ley, ya que el gobierno no cobra por actualizar su información, y por lo tanto no le envía recibo. Se recomienda que envíe su notificación del cambio de domicilio por medio de correo certificado con comprobante de recibo. Procure engrapar estas confirmaciones del servicio postal a una copia de su cambio de domicilio y guardar estos documentos en lugar seguro.

El formulario que se utiliza para notificar cambios de domicilio es el AR-11 el cual puede obtener junto con las instrucciones de como llenarlo a través del internet, visitando el sitio www.uscis.gov. Es muy sencillo cumplir con éste requisito, hágalo, si no lo hace, las consecuencias pueden ser terribles. Los padres y guardianes legales tienen la obligación de reportar los cambios de domicilios de sus hijos y/o de los menores.

Así es que si se mudan, y todos en la familia tienen que cumplir con este requisito, cada miembro debe notificar su cambio de domicilio por separado.

Si tiene en trámite la residencia permanente legal por medio del patrocinio familiar, es necesario que notifique a la oficina local y que envíe el formulario AR-11 a la dirección correcta:

 

Department of Homeland Security

Change of Address

P.O. Box 7134

London, KY 40742-7134

 

Lleve consigo su tarjeta de residente permanente legal.

Todo “extranjero” mayor de 18 años debe traer siempre consigo su tarjeta de residencia permanente legal. Todo aquel residente que no cumpla con esta ley, al ser encontrado culpable de haber cometido este delito menor, podría ser multado y/o encarcelado.

Bajo la ley, “extranjero” es toda persona no ciudadana de Estados Unidos e incluye a residentes permanentes legales, personas con visas temporales, los amparados bajo el TPS (estatus de protección temporal), y los asilados políticos, entre otros.

Si ha extraviado su tarjeta de residencia permanente legal, solicite otra al gobierno. Mientras esté esperando su tarjeta, puede pedirle a inmigración que le ponga un sello temporal a su pasaporte como prueba de que es residente permanente legal. Ya con el pasaporte sellado puede viajar fuera de Estados Unidos y regresar. También este pasaporte sellado puede utilizarse como prueba de que puede trabajar legalmente en éste país.

 

Moraleja:

Los ciudadanos no tienen que cumplir con estos requisitos. ¡He aquí otras buenas razones para solicitar la ciudadanía!

El proceso de inmigrar concluye con la ciudadanía.

El mantenerse informado sobre la fecha en que puede ser elegible a solicitar la ciudadanía, es la responsabilidad de todo residente permanente legal. Usted puede comenzar a prepararse para cuando llegue ese día. Si visita el sitio en la internet www.uscis.gov encontrará entre otros, el formulario N-400 el cual se utiliza para solicitar la ciudadanía. Comience a repasar las preguntas, ya que le servirá como referencia de lo que el gobierno necesita saber sobre ustedes y los miembros de su familia, así como los domicilios donde ha residido por los últimos 5 años, los trabajos que ha tenido y los viajes que ha realizado desde que se le otorgó la residencia permanente legal.

Si usted es elegible, le recomiendo que piense seriamente en solicitar la ciudadanía ¡ahora mismo! ya que podrían aumentar los costos de los trámites de inmigración a partir del 15 de abril.

 

 

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